Estos son los estados con leyes más conservadoras en materia de aborto

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Tras la despenalización del aborto en CDMX, estados legislaron para proteger la vida desde la concepción; la mujer que se perfila como secretaria de Gobernación ha anunciado que impulsará la legalización en todo el país.

En 18 de 32 entidades de la República Mexicana hay legislaciones conservadoras que protegen la vida desde el momento de la concepción.

En 17 de ellas, las leyes se endurecieron después de que en 2007, Ciudad de México aprobó la despenalización del aborto hasta la semana 12 de gestación. Esta legislación representó una ampliación de derechos en materia de salud reproductiva para que la mujer decida si interrumpe o no un embarazo sin tener que justificar su decisión.

Algunas de estas legislaciones tutelan la vida desde la “concepción” o “fecundación” —considerando que ya existe una persona— y hasta la muerte natural de la misma.

La ministra en retiro Olga Sánchez Cordero, quien fue propuesta como secretaria de Gobernación por el próximo presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, anunció que impulsará la despenalización del aborto en todo el país, lo que podrá implicar la reforma a las constituciones estatales.

También se pronunció por impulsar la Ley de Voluntad Anticipada a nivel nacional, la cual permite a los pacientes de enfermedades terminales a no ser sometidos a tratamientos médicos que prolonguen su vida a costo de mayor dolor o sufrimiento, si no es su voluntad.

La legislación en ambos temas es hasta ahora competencia de los estados, a menos de que exista un mandato como Ley General o desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo que obligaría a las entidades a reformar sus marcos legales.

Las reformas reactivas a la despenalización de la CDMX

Solo en Chihuahua se contempla la protección a la vida desde la concepción antes de 2007, pues desde 1994 hizo esta reforma a su constitución.

Todo ser humano tiene derecho a la protección jurídica de su vida, desde el momento mismo de la concepción.

Artículo 5, Constitución del estado de Chihuahua

La mayoría de los estados reformaron su carta magna a partir de 2009 y 2010 como YucatánSan Luis PotosíQuintana Roo, Puebla, NayaritJalisco y Guanajuato.

Cambiaron su texto constitucional: Chiapas en 2011, Tamaulipas en 2012, Durango en 2013, Sonora en 2014 y para 2015 Baja California, Colima yOaxaca se sumaron.

En 2016 fueron MorelosQuerétaro y Veracruz los últimos estados en reformar su constitución.

Actualmente, Veracruz enfrenta una controversia constitucional por esta reforma, la cual se encuentra en estudio por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Además, colectivos feministas solicitaron una Alerta de Violencia de Género en Veracruz por agravio comparado desde que se votó la reforma en el congreso local. La estrategia jurídica logró un amparo que obliga a sus legisladores a reformar el Código Penal local para despenalizar el aborto sin causales, es decir, permitiendo a las mujeres abortar si así lo deciden.

Muchas mujeres no conocen las causas por las que pueden abortar

Tener tantas causales para despenalizar el aborto y que sean distintas en cada estado genera que las mujeres no sepan en qué casos pueden acceder a un aborto, le dijo a mexico.com Teresa Herrera, integrante de Marie Stopes, clínica especializada en Interrupción Legal del Embarazo.

Herrera señaló que las mujeres en el país no saben que pueden acceder a un aborto legal por violación y que a veces tampoco lo saben ni el personal jurídico ni el médico:

Las obligan a presentar una denuncia en el MP”, comentó.

Mientras que Sofía Alesso-Robles, coordinadora nacional de REDefine —organización que promueve y defiende los derechos sexuales y reproductivos— advierte que hay un profundo desconocimiento por parte del personal médico que debe atender a las mujeres sobre cuáles son sus derechos.

El aborto en los códigos penales locales

Esta disparidad en las legislaciones forma parte de las condiciones que impiden que los derechos de salud y reproductivos de la mujer no se puedan hacer valer en todo el país con las mismas garantías.

Las legislaciones estatales prevén distintas causales de nulidad de sanción penal al realizar un aborto. En total, se contemplan ocho causales que despenalizan, pero no todas están vigentes en todos los estados.

Así, una mujer en Ciudad de México puede interrumpir su embarazo si así lo decide, mientras que en el resto del país el aborto voluntario se sanciona con cárcel. En Yucatán y Michoacán las mujeres pueden abortar por razones de pobreza, pero no en el resto del país.

En 18 estados está prohibido abortar aunque el embarazo represente graves riesgos a la salud de la mujer. Y en ocho entidades más, el aborto se prohíbe aunque el embarazo represente un riesgo de muerte para la mujer.

De todos los estados han llegado mujeres a la Ciudad de México a solicitar la Interrupción Legal del Embarazo desde su despenalización en 2007. Los más frecuentes han sido los más cercanos a la capital: Estado de México, Puebla, Hidalgo y Morelos.

Estas son las causales para interrumpir un embarazo de manera legal:

  • Por decisión de la mujer (interrupción legal del embarazo)
  • Violación
  • Imprudencial (accidental)
  • Peligro de muerte de la mujer
  • Por malformaciones congénitas del feto
  • Por grave riesgo a la salud de la mujer
  • Inseminación artificial no consentida
  • Por causas económicas graves

En este mapa puedes ver en qué estado está vigente cada causal:

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