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Puebla se encuentra “en el limbo” sobre el cumplimiento de las recomendaciones de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM); las autoridades han dejado de reportar el avance de las mismas pese a que se vive una situación grave, el feminicidio ya no solo ocurre en adultas, sino también en menores y mujeres embarazadas, consideró Natalí Hernández Arias, directora de Centro de Análisis, Formación e Iniciativa Social (Cafis).

Según datos del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), de las 552 medidas enviadas a nivel nacional, solo el 9% han sido medidas cumplidas, el 5% no cumplidas y el 86% se encuentra en proceso de cumplimiento o parcialmente cumplidas.

¿Qué ha pasado con la declaratoria de la AVGM?

— Nadie entendió que pasó con Puebla, me parece que el proceso entre cambios de personas en Conavim, así como en el contexto local, Puebla es un caso que quedó en el limbo respecto de lo que normalmente pasa con los proceso de Alerta. Conavim no ha sido clara en informar que es lo que pasa en la entidad, las instituciones tampoco ya han hecho seguimiento, como no se ha declarado que se ha levantado asumimos que seguimos en Alerta.

Todo lo que estipula el mecanismo ya se rebasó en Puebla, yo honestamente desconozco si caduca, si podemos seguirnos así toda la vida, lo cual tampoco está bien, porque la idea es que sea un mecanismo temporal.

¿Cuál es la evaluación en un antes y después de la Alerta?

— La Alerta es un mecanismo de presión y no que necesariamente iba a resolver todo, pero que sí iba a servir para enviar un mensaje público y simbólico de atender la violencia, que los feminicidios están pasando en Puebla y las desapariciones de mujeres.

A partir de la implementación de este mecanismo sea puesto a discusión las políticas públicas, se ha generado una especie de presión institucional que no estaba antes, faltan muchas cosas porque la alerta no ha resuelto lo que quisiéramos que resolvieran, seguimos viendo casos terribles.

Hemos observado que hay recomendaciones que se repiten como receta en algunos estados y municipios, hay que definir qué tipo de recomendaciones pueden ser asumidas por los gobiernos para que realmente puedan hacer un impacto a corto tiempo.

¿En casos de feminicidio en menores, qué papel juegan las familias?

— Cuando asesinan a una niña de dos años, de cuatro años, fallamos todos, la sociedad ¿qué está haciendo para que la violencia se siga reproduciendo en las familias?, en la comunidad, en el entorno?, las autoridades que no envían un mensaje, todos los niveles tienen responsabilidad.

Parte de la visibilización del feminicidio ha permitido poner a la luz la magnitud de la violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes, durante mucho tiempo se pensó que el feminicidio solamente ocurría a las mujeres que estaban en una relación violenta, que habían salido de noche, nos damos cuenta que en una sociedad tan machista y misógina, la vida de las mujeres, desde las infancias no importan.

Cómo sacamos a las instituciones el discurso del feminicidio que solo afecta a las mujeres adultas, en relaciones de violencia, lo que está ocurriendo en Puebla es gravísimo, también hemos tenido casos de mujeres embarazadas asesinadas, esto es lo que tienen que mirar, cómo intervienen para prevenir esas formas y no solo cómo detienen a los agresores.

¿Qué mecanismos existen para cuidar a las mujeres?

— La orden de protección está regulada en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; sin embargo, durante muchos años ha sido un mecanismo que las instituciones han omitido en los procesos de protección de las víctimas, incluso ha habido obstáculos, por la idea de que tiene que haber violencia extrema y la violencia física no precisamente es un signo de violencia que ponen en peligro a las mujeres, está la emocional, económica, familiar, laboral, escolar.

¿Cómo se solicita una orden de protección?

— Las jueces o ministerios públicos son los que deben otorgar la orden de protección, en caso de que no estén, la autoridad judicial o de seguridad pública debe actuar en consecuencia, si no están deben actuar las autoridades más cercanas.

Una orden de protección no es para resguardar, sino para evitar que los agresores se acerquen a las víctimas y que la mujer y su familia puedan seguir su vida en su domicilio o trabajo, no es que las lleven a los refugios.

En algunos casos las órdenes de protección podrían operar si hay una llamada de emergencia al 911 y la policía llega para acompañar a la mujer a solicitar la orden de protección y tienen un máximo 8 horas para brindarla.

Tienen la finalidad de que las autoridades enteren al agresor de que no puede estar molestando a la víctima y que la estén monitoreando para que no ocurra, y por eso la duración solo es de 72 horas, se puede renovar si se repite la agresión, pero es una medida de emergencia cuando hay un riesgo latente.

La mayoría de veces las instituciones no se las quiere dar porque dicen que hay que estar monitoreando, dar rondines en el domicilio de la víctima, llamarles y cerciorarse de que está segura y no siempre se tienen los recursos económicos y el personal suficiente. Lo que es cierto es que es un mecanismo que puede inhibir al agresor, entre más se ha difundido y se explica a las mujeres que es su derecho pedirla ha habido más demandas, pero no se difunde por las autoridades.

Datos:

  • Se han decretado 25 Alertas de Violencia de Género en 22 estados de la República
  • 642 municipios en México con AVGM
  • 552 recomendaciones a los gobiernos, solo el 9% han sido medidas cumplidas, 5% no cumplidas y 86% se encuentran en proceso o parcialmente cumplidas
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FuenteEsta nota fue realizada por PUBLIMETRO. Aquí puedes leer la original.
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